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Voto del Dr. Carballal: IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. NULIDAD: Supuesta falta de información sobre los vencimientos de las obligaciones ajustadas y reclamadas. No procede, se trata de normas de alcance general, publicadas oportunamente en el Boletín Oficial e incluso difundidas por la propia ARBA. PRESCRIPCION: Periodo Fiscal 2012. Facultades de las provincias. Evolución jurisprudencial. Sanción del nuevo Código Civil y Comercial. Remisión a precedentes. No procede el agravio de prescripción con respecto a las facultades del fisco para el cobro de la obligación principal. PRESCRIPCION DE LA MULTA. se declara la prescripción de la multa correspondiente aL periodo fiscal 2012. CUESTIONES DE FONDO: diversos antecedentes referidos a la situación fiscal de la firma de autos (Sent. 22/03/2016, Reg 2198 Sala II; Sent. 18/02/2016, Reg. 3292 Sala III; Sent. 23/12/2014, Reg. 3022 Sala III y Sent. 02/10/2014, Reg. 2962, y del 02/06/2011, Reg. 2202, ambos Sala III y Sent. 18/02/2010, Reg. 1317, Sala I). Todos precedentes con total desinterés probatorio. La apelante no ha acercado ni un solo elemento contable que acredite, al menos de manera indiciaria, la existencia de ingresos y/o gastos computables en otras jurisdicciones, limitándose a ofrecer su contabilidad de manera genérica, amparándose en una supuesta imposibilidad de trasladarla en épocas en las que su informatización permite presentarla en soporte digital ante cualquier autoridad con potestad para requerirla. No se hace lugar al agravio
Voto del Cr. Crespi: PRESCRIPCION: En cuanto al planteo prescriptivo, remite al fallo “Total Austral S.A. Sucursal Argentina” (Sentencia de Sala III de fecha 15 de diciembre de 2020, Registro n° 4217). PRESCRIPCION DE LA MULTA: Se remite a las consideraciones expuestas in re “Frigorífico Villa de Mayo” (Sent. Sala II, 12/04/2023, Reg. 3317.
Voto del Conjuez Dr. Petraglia: Adhiere al voto del Dr. Carballal.
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Sentencia
Texto completo
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