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PAGO DE CONTRIBUCIÓN Y JUS DE LA LEY
6716 DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL PARA ABOGADOS
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Abogados:
Deben pagar la contribución para abogados
del 2%o del valor cuestionado (monto determinado más la multa) -
De acuerdo con el Art. 12 in fine, Ley 6716 cit.
También, abona jus según Art 13 de igual norma.
Todo se deposita en el Banco de la Provincia de Buenos Aires o en la
Caja de Previsión Social para Abogados, en boleta ASER:304.
No hay tasa ni sobretasa.

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